TEMA 1. RECONOCIMIENTO DE LAS NECESIDADES ESPECIALES DE LAS PERSONAS DEPENDIENTES.
El propio texto constitucional, en sus artículos 49 y 50, se refiere a la atención apersonas con discapacidad y personas mayores y a un sistema de serviciossociales promovido por los poderes públicos para el bienestar de los ciudadanos. Sien 1978 los elementos fundamentales de ese modelo de Estado del bienestar secentraban, para todo ciudadano, en la protección sanitaria y de la Seguridad Social,el desarrollo social del país desde entonces ha venido a situar a un nivel deimportancia fundamenta a los servicios sociales, desarrollados fundamentalmentepor las Comunidades Autónomas, con colaboración especial del sector servicios,como cuarto pilar del sistema de bienestar, para la atención a las situaciones dedependencia
La Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación dedependencia (Ley 39/2006, de 14 de diciembre), que entró en vigor el 1 de enero de 2007, establece que“la atención a las personas en situación de dependencia y la promoción de su autonomía personalconstituye uno de los principales retos de la política social de los países desarrollados. El reto no es otroque atender las necesidades de aquellas personas que, por encontrarse en situación de especialvulnerabilidad, requieren apoyos para desarrollar las actividades esenciales de la vida diaria, alcanzaruna mayor autonomía personal y poder ejercer plenamente sus derechos de ciudadanía”1.
El concepto de dependencia queda definido en el artículo 2 de dicha Ley como “el estado de carácterpermanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad ola discapacidad y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial,precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicasde la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otrosapoyos para su autonomía personal”.
Ligados al término dependencia, encontramos el de cuidados profesionales, entendidos éstos como“los prestados por una institución pública o entidad, con y sin ánimo de lucro, o profesional autónomoentre cuyas finalidades se encuentre la prestación de servicios a personas en situación de dependencia,ya sea en su hogar o en una institución o centro.
También, en el marco normativo de esta Ley se crea el Sistema para la Autonomía y Atención a laDependencia (SAAD) para poder dar cobertura al nuevo derecho reconocido a los ciudadanos. EsteSistema “tiene por finalidad principal la garantía de las condiciones básicas y la previsión de los nivelesde protección a todas las personas en situación de dependencia, sirviendo de cauce tanto para lacolaboración y participación de las Administraciones Públicas, como para la optimización de los recursospúblicos y privados disponibles” y permitirá que “todas las personas mayores o con discapacidad que nopuedan valerse por sí mismas [sean] atendidas por las Administraciones Públicas, garantizándoles elacceso a los servicios sociales públicos y a las prestaciones económicas más adecuadas a susnecesidades”. Las ayudas que se presten dependerán del grado de dependencia que éstos padezcan ydel tipo de ayuda o cuidados que necesiten, priorizando la prestación de servicios frente a la prestacióneconómica.
Se prevén tres grados de dependencia en función del grado de autonomía que posea la personal.
– Grado I o dependencia moderada: cuando la persona necesita ayuda para realizar variasactividades básicas de la vida diaria (ABVD)6 – es decir, aquellas más elementales eimprescindibles para poder llevar una vida autónoma y queestán orientadas al cuidado y movilidad del propioindividuo -al menos una vez al día-; o tiene necesidad derecibir apoyo intermitente para su autonomía personal.
– Grado II o dependencia severa: cuando la personanecesita ayuda para realizar varias actividades básicas dela vida diaria dos o tres veces al día, pero no requiere lapresencia constante de un cuidador.
– Grado III o gran dependencia: cuando la personanecesita ayuda para realizar varias actividades básicas dela vida diaria, varias veces al día y, por su pérdida total deautonomía mental o física, necesita la presenciaindispensable y continua de otra persona.
Los servicios que pueden prestarse a la persona dependiente a través del SAAD son:
- Prevención de la dependencia y promoción de la autonomía personal: su fin es prevenir la aparición o el agravamiento de enfermedades y de sus secuelas, mediante la coordinación de los servicios sociales y los de salud, elaborando programas de promoción de condiciones de vida saludables, programas específicos de carácter preventivo y programas de rehabilitación
- Ayuda a domicilio: es un servicio de ayuda a la persona o a la familia que se presta a domicilioaplicando un programa individualizado de carácter asistencial, educativo, preventivo yrehabilitador. Su objetivo es mejorar la autonomía personal y la calidad de vida de la personafacilitándole el poder seguir viviendo en su domicilio y permanecer integrada en su entorno.
- Teleasistencia: facilita la asistencia por medio del uso de tecnologías de la comunicación y de lainformación en respuesta inmediata ante situaciones de emergencia, inseguridad, soledad oaislamiento. Puede ser un servicio independiente o complementario al de la ayuda a domicilio.
- Centros de día y de noche: ofrecen una atención integral durante el período diurno o nocturno alas personas en situación de dependencia, con el objetivo de mejorar o mantener el mayor nivelposible de autonomía personal y apoyar a las familias o cuidadores.
- Atención residencial: son centros de alojamiento y convivencia que tienen como función sustituir elhogar familiar, ya sea de forma temporal -por convalecencia, enfermedad o vacaciones delcuidador-; o permanente -cuando el centro se convierte en la residencia habitual de la persona ypresta una atención integral-.
Algunas prestaciones económicas que se ofrecen en el SAAD son:
– Para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales (de modoexcepcional).
– De asistencia personal (en caso de gran dependencia).
– Para la adquisición de un servicio (cuando sea posible el acceso a un servicio público oconcertado).
– Otras ayudas económicas, para adquirir ayudas técnicas para la autonomía personal ypara eliminar las barreras arquitectónicas y facilitar la accesibilidad del hogar.
1. Situaciones especiales: usuarios sin familia, familias desestructuradas.
A la hora de detectar las necesidades especiales de las personas dependientes nos podemos encontrarusuarios que no tengan familia o cuya familia se halla en una situación especial que puede llevarlasincluso a la desestructuración, como, por ejemplo:
– Situaciones de graves carencias económicas.
– Situaciones de abandono familiar.
– Situaciones de malos tratos o violencia.
– Situaciones en las que los miembros de la familia consumen sustancias adictivas (drogas,alcohol, etc.)
– Situaciones de dependencia familiar.
– Situaciones en las que existen problemas de relación familiar.
Para atender a estos casos existen programas de educación y atención a las familiasdesestructuradas y desfavorecidas promovidos, por lo general, por los servicios sociales de losayuntamientos de los municipios en los que estas personas residen. Estos programas, que son diseñadosy ejecutados por un equipo profesional multidisciplinar (trabajadores sociales, psicólogos yeducadoressociales), analizan la situación de la familia y establecen un proyecto de intervención basado en laorientación, la educación, etc; ofrecen, así, los siguientes tipos de servicios:
a) Servicio de orientación familiar para atender problemas de relación familiar: su objetivo es mejorarla calidad de las relaciones de las parejas potenciando y favoreciendo sus propios recursos de formaque sean capaces de encontrar soluciones a sus conflictos, evitando así que éstos se conviertan ensituaciones de grave conflictividad.
b) Servicio de mediación familiar: ofrece su intervención a las parejas en procesos de separación ydivorcio para la gestión y resolución de conflictos, ayudando profesionalmente a las partes en laconsecución de acuerdos satisfactorios para ambos en el ambito económico y proponer ideas paraabordar en el futuro las responsabilidades.
c) Servicio de orientación y mediación familiar: ofrece conjuntamente los dos tipos de serviciosdescritos anteriormente.
d) Puntos de encuentro: facilitan un espacio neutral donde ejercer el derecho de visita entre padres ehijos en casos de separación o divorcio. Su fin es favorecer que el menor pueda ejercer su derecho amantener una relación normalizada con sus progenitores, garantizando su seguridad y bienestar encasos de conflicto familiar.
Otro caso para destacar, debido a su creciente repercusión e incidencia, es el de las familias conproblemas de violencia doméstica, malos tratos o abusos, para las que se pueden establecerproyectos de atención y tratamiento en los servicios sociales de la ciudad o comunidad autónoma enla que residen.
Los servicios sociales pueden prestarse en dos niveles:
- Primer Nivel. Son los Servicios Sociales Generales o comunitarios. A través de ellos, losciudadanos acceden al sistema de Servicios Sociales. Van dirigidos a toda la población y sonlos encargados de orientar hacia el recurso adecuado o derivarlo al segundo nivel deatención. Son proporcionados a través de ayuntamientos.
- Segundo Nivel. Servicios Sociales Especializados. Se ocupan de personas cuya situación,tras haber sido valorada por los servicios de primer nivel, requieren una intervención másespecífica
El primer nivel lo conforman los servicios sociales de atención primaria13. Estos atienden a lasnecesidades sociales básicas de los ciudadanos y desarrollan programas de prevención para colectivosen situación de desigualdad, necesidad, o riesgo de exclusión social. Cuentan con estos servicios todoslos municipios y su objetivo es toda la población en su conjunto.
Las prestaciones y servicios que se ofrecen son:
- Información y orientación a personas y familias sobre recursos sociales a los que pueden accedersegún su situación de necesidad.
- Ayuda a domicilio y apoyo a la unidad convivencial dirigida a individuos o familias que necesitanatenciones de carácter personal, psicosocial y educativo, doméstico por tener dificultades paralograr por sí mismas su propio bienestar. La prestación puede ser puntual o permanente
- Alojamiento alternativo dirigido a personas con carencias o dificultades en el hogar propio y tienecarácter temporal.
- Prevención e inserción cuyo objetivo es la prevención o eliminación de las condiciones individualesy sociales que pueden conducir a situaciones de riesgo o de exclusión social a personas ycolectivos, promoviendo la igualdad, la adaptación, la integración y, en su caso, la reinserción.
- Fomento de la solidaridad y cooperación social para promover actitudes que favorezcan laconvivencia ciudadana de individuos y grupos con características especiales. Su objetivo espotenciar la sensibilización social y las acciones de cooperación y promoción de la solidaridad; laresponsabilidad social; el desarrollo comunitario y la participación; así como el voluntariado social,la ayuda mutua y el asociacionismo.
Estos servicios están financiados de forma conjunta por las administraciones estatal, autonómica y local.
Para presentan estos servicios, los centros sociales, que son de ámbito comunitarios, cuentan con unequipo técnico interdisciplinar que dispone de los medios necesarios para proporcionar las prestacionesbásicas. Su atención puede verse complementada con otros lugares de apoyo, como son comedoressociales, servicios de información, centros sociales de estancia diurna, Mini residencias o pisos tutelados;y, también:
– Centros de acogida: centros residenciales destinados a la acogida con carácter de urgencia ytransitoria de individuos con dificultades sociales.
– Albergues: destinados a personas sin hogar en situación de necesidad.